Artículo 29. Mesa de Ciudadanía e Inmigración.
Artículo 29 de la Ley 10/2010, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña. · BOE-A-2010-9107
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-14.
Texto consolidado
1. La Mesa de Ciudadanía e Inmigración es el órgano consultivo de carácter colegiado que canaliza la participación del conjunto de la población y de sus entidades en las políticas de acogida e integración.
2. La composición y funciones de la Mesa de Ciudadanía e Inmigración han de establecerse por reglamento, debiéndose ajustar su régimen jurídico a las normas administrativas sobre órganos colegiados.