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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 29.

Artículo 29 del Instrumento de Ratificación del Convenio General entre el Gobierno Español y el Gobierno de Portugal sobre Seguridad Social, firmado en Madrid el día 11 de junio de 1969. · BOE-A-1970-798

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-07-01.

Texto consolidado

1. Las exenciones o reducciones de impuestos, contribuciones y derechos establecidas por la legislación de una de las Partes Contratantes se concederán, para la aplicación del presente Convenio, a los súbditos de la otra Parte.

2. Las exenciones de derechos de registro, costas judiciales, timbre y consulares previstas en la legislación de una de las Partes Contratantes para los documentos que hayan de tramitarse en las Administraciones u Organismos de dicha Parte, se extenderán a los documentos correspondientes que hayan de tramitarse para la aplicación del presente Convenio a las Administraciones u Organismos competentes de la otra Parte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-07-01.

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