Artículo 29. Comité de Ministros.
Artículo 29 del Instrumento de Ratificación, de 29 de abril de 1980, de la Carta Social Europea, hecha en Turín de 18 de octubre de 1961. · BOE-A-1980-13567
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-06-05.
Texto consolidado
Por una mayoría de dos tercios de los miembros que tengan derecho a participar en sus reuniones, el Comité de Ministros, sobre la base del informe del Subcomité y previa consulta a la Asamblea Consultiva, podrá formular las recomendaciones que estime pertinentes a cada una de las Partes Contratantes.