Artículo 29. Devengo de la retribución reconocida.
Artículo 29 de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado. · BOE-A-2019-18398
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-24.
Texto consolidado
Las retribuciones reconocidas de forma provisional a cuenta o definitiva correspondientes al año de gas en curso serán devengadas en proporción al número de días naturales transcurridos en el año de gas.
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