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Ley Foral Vigente

Artículo 29 bis. Supervisión de incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa.

Artículo 29 bis de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. · BOE-A-2018-7642

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-08.

Texto consolidado

1. Cualquier persona física o jurídica, a la vista de posibles incumplimientos de publicidad activa, podrá, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 60.3 y del ejercicio del resto de derechos que le confiere el ordenamiento jurídico, presentar denuncia ante el Consejo de Transparencia de Navarra, teniendo derecho a recibir una respuesta motivada en el plazo de dos meses desde su presentación. La respuesta del Consejo de Transparencia de Navarra se publicará en su página o espacio web, previa disociación de los datos personales.

2. El denunciante gozará, en todo caso, del derecho de confidencialidad, debiendo, a solicitud de aquel, omitirse cualquier dato que pueda conducir a su identificación.

Se añade por el art. 1.16 de la Ley Foral 3/2026, de 23 de marzo. Ref. BOE-A-2026-9045

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-08.

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