Artículo 28. Provisión de recursos humanos en las unidades administrativas de carácter provisional para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Unidades para la gestión de proyectos financiables con fondos europeos ligados a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Artículo 28 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2020-17340
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
1. En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, mediante Resolución conjunta de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública y de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos se aprobará un modelo de relaciones de puestos de trabajo.
2. La Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública dictará las instrucciones pertinentes con el fin de procurar una tramitación ágil y preferente en la provisión de los puestos de trabajo de las unidades administrativas de carácter provisional para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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