Artículo 28. Exclusión de los servicios de atención especializada dirigida a la clientela privilegiada.
Artículo 28 del Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego. · BOE-A-2023-6735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-15.
Texto consolidado
Queda prohibido que los operadores ofrezcan a una persona incursa en comportamientos de juego de riesgo los servicios de atención especializada que dirigen a su clientela privilegiada.