Artículo 28. Nombramiento.
Artículo 28 del Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos. · BOE-A-2003-19155
Atención: Real Decreto 1276/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Terminado el curso teórico-práctico de selección, el Director elevará al Ministro de Justicia la propuesta de nombramiento de los aspirantes que hubiesen superado el curso junto con la relación de destinos solicitados según el orden de la puntuación obtenida.
2. El nombramiento y toma de posesión se regirán por las disposiciones vigentes.