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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 28. Apoyo, impulso y orientación de la investigación.

Artículo 28 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987

Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Para contribuir a la plena realización del derecho de libre investigación, corresponde a los Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y a la Escuela Internacional de Doctorado la misión de apoyar, impulsar y orientar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las iniciativas y actividades investigadoras de todos sus profesores, investigadores y estudiantes predoctorales. También se fomentará la participación de los demás estudiantes en las tareas de investigación.

2. Los grupos de investigación que tengan el correspondiente reconocimiento por la Comisión de Investigación y Doctorado asumirán también la responsabilidad de orientar y desarrollar las actividades correspondientes a su línea de trabajo. La Comisión de Investigación y Doctorado regulará los criterios y procedimientos para el reconocimiento del grupo.

3. Los órganos de gobierno promoverán la formación de investigadores y las acciones tendentes a la obtención de recursos para la investigación, el desarrollo de las infraestructuras adecuadas y el apoyo a una actividad investigadora de calidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-19905.

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