Artículo 28. Actividades desarrolladas por el personal docente en la Administración educativa.
Artículo 28 de la Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado. · BOE-A-2011-16923
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-29.
Texto consolidado
Al personal docente que ocupe puestos de trabajo en la Administración educativa se le reconocerá las funciones desarrolladas a efectos de formación permanente del profesorado mediante la asignación de 20 horas de formación por cada año completo de servicios prestados o 5 horas por cada trimestre completado. El certificado se ajustará al anexo VII.
Documentación necesaria: Documento de concesión de la comisión de servicios en el que deberán constar las fechas de inicio y finalización de la misma.
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