Artículo 28. Cese.
Artículo 28 de la Ley Foral 7/1987, de 21 de abril, de órganos rectores de las Cajas de Ahorro de Navarra. · BOE-A-1987-13785
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-17.
Texto consolidado
Los Consejeros de Administración cesarán en el ejercicio de sus cargos en los mismos supuestos que se relacionan en el artículo 17 para los Consejeros generales, y por incurrir en las incompatibilidades previstas en los artículos 11 y 25 de esta Ley Foral.