Artículo 28. Seguros.
Artículo 28 de la Ley 5/2025, de 30 de septiembre, de volcanes de Canarias. · BOE-A-2025-24844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-14.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de Canarias dentro de su ámbito competencial requerirá a las compañías aseguradoras que operen en Canarias o, en su caso, al Consorcio de Compensación de Seguros, facilitar la información necesaria a la población para el aseguramiento de las viviendas que se encuentren en zonas de riesgo volcánico, incluidas aquellas que se mantengan en zonas de alto riesgo volcánico, afección por fisuras o fallas en el terreno.