Artículo 28. Competencia.
Artículo 28 de la Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja. · BOE-A-2003-7529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-23.
Texto consolidado
Corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería competente, el mantenimiento de las rutas y vías verdes, sin perjuicio de lo que se establezca en el régimen de uso de las infraestructuras de la Red de Itinerarios Verdes de La Rioja, especialmente la colaboración de los ayuntamientos en los tramos urbanos.