Artículo 28. Vacaciones, licencias y permisos.
Artículo 28 de la Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-2021-10670
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-21.
Texto consolidado
1. Las características de las funciones del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento y, en su caso, la jornada laboral a turnos, condicionan la concesión de licencias y de permisos y la distribución de los períodos vacacionales del personal funcionario del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a las necesidades del servicio.
2. El personal sujeto a turnos tendrá derecho a disponer del calendario anual que recoja sus turnos de trabajo y sus periodos vacacionales.