Artículo 28. Inscripción en registros.
Artículo 28 de la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo. · BOE-A-2015-8272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-03.
Texto consolidado
1. Las declaraciones de la calidad del suelo y las declaraciones de aptitud de uso del suelo serán objeto de nota marginal en el Registro de la Propiedad a iniciativa del órgano ambiental de la Comunidad Autónoma.
2. Asimismo, estas resoluciones se incorporarán al registro administrativo contemplado en el artículo 48 de esta ley, junto con la documentación que haya servido de soporte.