Artículo 28. Formación específica.
Artículo 28 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8439
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.
Texto consolidado
Las personas encargadas de la gestión de los museos deben recibir una formación periódica y específica con el objetivo de actualizar sus conocimientos sobre la materia y de acuerdo con las tareas laborales que desarrollen en el centro.