Artículo 28. Devengo del impuesto.
Artículo 28 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. · BOE-A-2014-12328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
El impuesto se devengará el último día del período impositivo.