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Ley Vigente

Artículo 28. Organista suplente.

Artículo 28 de la Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d'Elx. · BOE-A-2006-2783

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-31.

Texto consolidado

El o la organista suplente colaborará estrechamente con el o la organista titular, y podrá sustituirlo o sustituirla en sus funciones en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-31.

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