Artículo 28. Cuantía.
Artículo 28 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Los servicios y las actuaciones administrativas, cuya prestación constituye el hecho imponible, quedan gravados de la manera siguiente:
Conceptos
Euros
A
Pruebas.
A1
Para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte público interior e internacional de viajeros por carretera.
24,00
A2
Para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte público interior e internacional de mercancías por carretera.
24,00
A3
Para la obtención del título de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o vía navegable.
23,05#a5
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-824.