Artículo 28. Procedimiento de acceso.
Artículo 28 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. · BOE-A-2014-7534
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-30.
Texto consolidado
1. El procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso se regirá por lo establecido en la legislación básica en materia de transparencia y por lo previsto en esta ley.
2. Será competente para la resolución del procedimiento el órgano o la entidad que lo sea en la materia a la que se refiera la información solicitada.
3. Cuando la persona interesada conozca la ubicación concreta de un documento o información en un archivo determinado, podrá dirigirse al órgano responsable del mismo en los términos previstos en la legislación en materia de archivos.