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Ley Vigente

Artículo 28. Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA (SEPIVA).

Artículo 28 de la Ley 1/2013, de 21 de mayo, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat. · BOE-A-2013-6047

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-05-24.

Texto consolidado

1. Se incorporarán las acciones de titularidad de la Generalitat y representativas del 100 por cien del capital social de la mercantil Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA, a favor del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial y/o de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat, en atención, en su caso, al valor de las unidades económicas de negocio relacionadas con las funciones asumidas por dichas entidades, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional duodécima de la Ley 14/2003, de 3 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, y en los términos y plazos previstos en la disposición transitoria primera, apartado 3, de la presente norma.

2. Incorporadas las acciones, se procederá de forma inmediata a la extinción de la mercantil Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA, mediante la cesión global, simple o plural, de su activo y pasivo a favor de las entidades Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial y/o Entidad de Infraestructuras de la Generalitat, en atención, en su caso, a las unidades económicas de negocio relacionadas con las funciones asumidas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 81.2, 82 y 89.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, y en la disposición final primera de esta norma, sin practicarse la liquidación.

3. Efectuada la extinción de la mercantil Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA, toda mención a la misma que figuren en el ordenamiento jurídico, planes y programas deberá entenderse realizada al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial y/o a la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat, en atención, en su caso, a las funciones asumidas.

4. Con carácter previo a las operaciones que se mencionan en los tres apartados anteriores, el órgano competente realizará las actuaciones necesarias para pasar e incorporar las participaciones sociales titularidad de la mercantil Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA, en el capital social de Parque Empresarial Sagunto, SL, bien a la Generalitat para su posterior incorporación a la Corporación Pública Empresarial Valenciana, o bien a esta última directamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-05-24.

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