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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 28. Derecho a la protección social.

Artículo 28 del Instrumento de Ratificación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, hecho en Badajoz el 11 de octubre de 2005. · BOE-A-2010-4504

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-01.

Texto consolidado

1. Los jóvenes tienen derecho a la protección social frente a situaciones de enfermedad, accidente laboral, invalidez, viudez y orfandad y todas aquellas situaciones de falta o de disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo.

2. Los Estados Parte adoptaran las medidas necesarias para alcanzar la plena efectividad de este derecho.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-01.

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