Artículo 28. Financiación.
Artículo 28 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
La ayuda extraordinaria para entidades de base asociativa y sin ánimo de lucro y empresas previstas en el presente Decreto-ley tiene una dotación presupuestaria de un millón de euros.