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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 28. Miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares.

Artículo 28 del Convenio entre el Reino de España y la República del Senegal para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia del impuesto sobre la renta, hecho "ad referéndum" en Dakar el 5 de diciembre de 2006. · BOE-A-2014-13569

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-22.

Texto consolidado

Nada de lo dispuesto en el presente Convenio afectará a los privilegios fiscales de que disfruten los miembros de las misiones diplomáticas o de las oficinas consulares de acuerdo con los principios generales del derecho internacional o en virtud de las disposiciones de acuerdos especiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-10-22.

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