Artículo 27. Escudo.
Artículo 27 del Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. · BOE-A-2020-9133
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-25.
Texto consolidado
La Real y Militar Orden de San Hermenegildo, como «Orden Militar», tiene la potestad de utilización de escudos representativos de los diversos estamentos de la misma.
1. Escudo de la Orden.
Escudo de contorno circular. En campo de azur, efigie de San Hermenegildo montado en caballo galopando a la siniestra con una palma en la mano diestra, todo de oro, terrazado de lo mismo. Bordura de esmalte blanco con la leyenda en oro: Real y Militar Orden de San Hermenegildo.
Este escudo llevará como adornos exteriores dos ramas de laurel de sinople, frutadas de gules, unidas por sus troncos y liadas en punta con lazo de gules timbrado de Corona Real.
2. Escudo de Soberano.
Su Majestad el Rey, como Soberano de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, utilizará sus armas personales rodeadas del Collar de Soberano de la Orden.
3. Escudo de Gran Canciller.
El Gran Canciller utilizará el Escudo de la Orden con adornos exteriores rodeado por el Collar de Gran Canciller.