Artículo 27. Modificación de estatutos.
Artículo 27 del Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P. · BOE-A-2021-1193
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.
Texto consolidado
1. El Patronato podrá proponer la modificación de los presentes estatutos siempre que resulte conveniente para los intereses de la Fundación, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente
2. La propuesta de modificación estatutaria deberá ser aprobada con el voto favorable de la mayoría de los miembros del Patronato.