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Real Decreto Derogada

Artículo 27. Tasas.

Artículo 27 del Real Decreto 1749/1998, de 31 de julio, por el que se establecen las medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos. · BOE-A-1998-19112

Atención: Real Decreto 1749/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las autoridades competentes percibirán, para cubrir los costos reales de los controles previstos en el presente Real Decreto, la tasa establecida en la normativa correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-08-08.

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