Artículo 27.
Artículo 27 del Real Decreto 1109/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba los Estatutos de la Real Academia Española. · BOE-A-1993-19893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-07-31.
Texto consolidado
La Academia celebrará Junta ordinaria un día determinado de cada semana, para tratar de sus negocios ordinarios y gubernativos. Podrá, sin embargo, suspender sus sesiones en el período estival. Cuando sea necesario, se tendrán Juntas extraordinarias.