Artículo 27. Composición y competencias.
Artículo 27 de la Orden ESD/3669/2008, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado. · BOE-A-2008-20394
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-18.
Texto consolidado
1. Componen el Pleno del Consejo Escolar del Estado el Presidente, el Vicepresidente y los Consejeros relacionados en el artículo 6 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, así como el Secretario General, que actuará con voz pero sin voto.
2. El Pleno del Consejo Escolar del Estado actuará de acuerdo con las competencias previstas en el artículo 12 del Real Decreto mencionado en el apartado anterior.