El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 27. Extinción del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Artículo 27 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra. · BOE-A-2001-15779

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-15.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Navarra podrá acordar la extinción del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal por el que se autorice la implantación de un gran establecimiento comercial en el supuesto de que transcurra un plazo superior a tres años sin que el interesado haya iniciado la actividad, por causa que le sea imputable.

2. La declaración de extinción deberá ser expresa y se adoptará previa audiencia del interesado.

3. La declaración de extinción se notificará al interesado y al Ayuntamiento en cuyo término se pretendía la ubicación de la actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-8422.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley Foral 17/2001

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 17/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.