El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 27.

Artículo 27 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz. · BOE-A-1984-1847

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-29.

Texto consolidado

Los gastos efectuados o los perjuicios materiales causados a los particulares que no hayan promovido la queja al ser llamados a informar por el Defensor del Pueblo Andaluz, serán compensados con cargo a su presupuesto una vez que hayan sido debidamente justificados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-12-29.

Más artículos de Ley 9/1983

En El Vínculo puedes leer Ley 9/1983 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.