Artículo 27. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
Artículo 27 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI fobia. · BOE-A-2016-6310
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-03.
Texto consolidado
Las administraciones públicas de las Illes Balears garantizarán a las personas LGTBI que sufren o se encuentran en riesgo de sufrir cualquier tipo de violencia o discriminación el derecho a recibir de manera inmediata una protección integral, real y efectiva.