Artículo 27. Ayudas para la producción de cortometrajes.
Artículo 27 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. · BOE-A-2007-22439
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-15.
Texto consolidado
1. El fomento de la producción de cortometrajes se efectuará, para productores independientes, mediante la concesión de ayudas sobre proyecto o por cortometrajes realizados, compatibles entre sí, que se otorgarán previo informe del órgano colegiado que a tal efecto se constituya, en cuya propuesta deberá valorar:
a) Las características y viabilidad del proyecto.
b) La calidad y el valor artístico del guión.
c) El presupuesto del proyecto o, en su caso, el coste de la película.
d) El plan de financiación.
2. (Suprimido)
Se suprime el apartado 2 por el art. 1.8 del Real Decreto-ley 6/2015, de 14 de mayo. Ref. BOE-A-2015-5368.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-5368.