Artículo 27. Centros integrales de inmigración.
Artículo 27 de la Ley 3/2013, de 28 de mayo, de integración de los inmigrantes en la sociedad de Castilla y León. · BOE-A-2013-6547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-06.
Texto consolidado
Desde la Administración de la Comunidad de Castilla y León se impulsará, en colaboración con otras Administraciones Públicas, organizaciones o entidades, el funcionamiento de centros de información, asesoramiento, participación y aprendizaje destinados a la acogida e integración de todas las personas inmigrantes. Dichos centros constituirán, también, espacios interculturales, y habrá, al menos, uno en cada una de las nueve provincias.