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Ley Vigente

Artículo 27. Modalidades de actuación de los puntos de encuentro familiar.

Artículo 27 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

Texto consolidado

1. El servicio prestado en la red de puntos de encuentro familiar se desarrollará en las siguientes modalidades de intervención:

a) Visitas en supervisión de entregas y recogidas: visitas que se tengan que desarrollar fuera de las dependencias del punto de encuentro familiar pero sea necesario que la entrega y recogida de la persona menor de edad se realice en el mismo.

b) Visitas tuteladas: donde se pondrá a disposición de las personas usuarias los recursos humanos y materiales necesarios que garanticen el correcto funcionamiento de las visitas cuando estas requieran la atención directa o presencia continuada del equipo técnico.

c) Visita tutelada externalizada: excepcionalmente, como fase previa a la finalización de la intervención y previa autorización judicial o administrativa, podrán desarrollarse las visitas fuera de las dependencias del punto de encuentro familiar ante la presencia de personal técnico.

2. Las diferentes modalidades de actuación se complementarán con las intervenciones del equipo técnico que se recogen en el apartado 2 del artículo anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

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