Artículo 27. Formación en prevención de riesgos laborales.
Artículo 27 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes. · BOE-A-2012-4187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-15.
Texto consolidado
1. El Gobierno Regional promoverá la realización de actividades formativas de nivel básico en prevención de riesgos laborales, sectorial o especifica dirigida a las personas emprendedoras.
2. En la impartición de las actividades formativas podrán participar asociaciones de trabajadores autónomos, asociaciones patronales y sindicales y otras asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.