Artículo 27. Campamentos de turismo.
Artículo 27 de la Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2016-2017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 66 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia, que queda redactado como sigue:
«3. Los campamentos de turismo se clasifican, de acuerdo con sus instalaciones y servicios, en las categorías que se fijen reglamentariamente según sus requisitos».