Artículo 27. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
Artículo 27 de la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia. · BOE-A-2014-11990
Atención: Ley 11/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las administraciones públicas de Cataluña deben garantizar a las personas LGBTI que sufren o se encuentran en riesgo de sufrir cualquier tipo de violencia o discriminación el derecho a recibir de forma inmediata una protección integral, real y efectiva.
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