Artículo 27. Modificación de la disposición adicional octava Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y supresión de cargas burocráticas.
Artículo 27 de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad. · BOE-A-2019-363
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-11.
Texto consolidado
Uno. Queda derogada expresamente la disposición adicional cuarta de Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas.
Dos. Se modifica el último párrafo del apartado quinto de la disposición adicional octava que queda redactada del siguiente modo:
Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido la notificación de la resolución, se entenderá desestimada la autorización solicitada por razones imperiosas de interés general de orden público, seguridad pública, protección civil, salud pública, protección de los consumidores, de los destinatarios de los servicios y de los trabajadores, protección del medio ambiente y del entorno urbano, así como de conservación del patrimonio histórico y artístico.
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