Artículo 27.
Artículo 27 del Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial, hecho en La Haya el 15 de noviembre de 1965. · BOE-A-1987-19797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-08-03.
Texto consolidado
El presente Convenio entrará en vigor el sexagésimo día siguiente al depósito del tercer instrumento de ratificación previsto por el artículo 26, párrafo segundo.
El Convenio entrará en vigor, para cada Estado signatario que lo ratifique posteriormente, el sexagésimo día siguiente al depósito de su instrumento de ratificación.