Artículo 27. Agentes diplomáticos y funcionarios consulares.
Artículo 27 del Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Reino de España e Irlanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital y su Protocolo anejo, hecho en Madrid el 10 de febrero de 1994. · BOE-A-1994-28597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-11-21.
Texto consolidado
Las disposiciones del presente Convenio no afectan a los privilegios fiscales de que disfruten los agentes diplomáticos o los funcionarios consulares en virtud de los principios generales del derecho internacional o de acuerdos especiales.
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