Artículo 27. Creación, transformación y supresión.
Artículo 27 del Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía. · BOJA-b-2013-90011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-12.
Texto consolidado
1. La creación, transformación y supresión de los Centros Especializados corresponde a la Junta de Andalucía, a propuesta del Patronato de la universidad y previo informe del Consejo Andaluz de Universidades.
2. La norma de creación deberá especificar las funciones y finalidades del centro así como disponer su dotación presupuestaria y los medios que se afectan al mismo.