Artículo 27. Miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares.
Artículo 27 del Convenio entre el Reino de España y el Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Kuwait el 26 de mayo de 2008. · BOE-A-2013-5942
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-19.
Texto consolidado
Las disposiciones del presente Convenio no afectarán a los privilegios fiscales de que disfruten los miembros de una misión diplomática o una oficina consular de acuerdo con los principios generales del Derecho internacional o en virtud de las disposiciones de acuerdos especiales.
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