Artículo 27.2-1. Hecho imponible.
Artículo 27.2-1 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción a las pruebas de acceso a la universidad en las diferentes modalidades:
1. Pruebas de acceso a la universidad para todas las enseñanzas:
Prueba de acceso a la universidad para los estudiantes con el título de bachillerato.
Prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.
Prueba de acceso a la universidad para mayores de cuarenta y cinco años.
2. Prueba adicional específica para el acceso a determinadas enseñanzas universitarias.