Artículo 267. Hecho imponible.
Artículo 267 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa la emisión de informes que no precisen de visita de inspección para su emisión, en materia de procedimientos de sanidad, de consumo o de servicios sociales, siempre que no exista tasa específica para el procedimiento de que se trate.