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Acuerdo Derogada

Artículo 262. Procedimiento de reforma estatutaria.

Artículo 262 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909

Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La reforma de los presentes Estatutos deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de los miembros del Claustro Universitario, convocado a tal efecto en sesión extraordinaria.

2. La iniciativa de la reforma, avalada por un tercio de los claustrales, será presentada ante la Mesa del Claustro e incluirá el texto articulado que se propone.

3. El procedimiento para la reforma de los Estatutos será establecido en el Reglamento del Claustro universitario.

4. No se podrá presentar propuestas de reforma de los Estatutos en los cuatro meses anteriores a la finalización del mandato del Claustro universitario.

5. Si se procede solo a la adaptación de los presentes Estatutos a normas jurídicas de rango superior, su aprobación por el Claustro requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los votos válidamente emitidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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