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Real Decreto Vigente

Artículo 26. Actividades pesqueras con derecho a la bonificación.

Artículo 26 del Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears. · BOE-A-2024-15205

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-24.

Texto consolidado

En relación con las actividades pesqueras susceptibles del derecho a la bonificación prevista en el apartado cinco de la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, será necesario que la pesca de altura se desembarque en los puertos baleares y se manipule o transforme en el archipiélago. Se podrán beneficiar de esta bonificación las personas o entidades domiciliadas en las Illes Balears o en otros territorios que se dediquen a la producción de tales bienes en el archipiélago mediante sucursal o establecimiento permanente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-07-24.

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