Artículo 26.
Artículo 26 del Real Decreto 2878/1979, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona. · BOE-A-1979-30655
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-18.
Texto consolidado
Los meses de julio, agosto y septiembre se consideraran de vacaciones.
Sin embargo, la Junta de Gobierno no cesará en su actividad hasta que haya dejado evacuados todos los asuntos pendientes; pero designará de su seno una comisión de vacaciones, compuesta por tres miembros que podrán renovarse, encargada del gobierno de la Academia hasta primeros de octubre.