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Real Decreto Vigente

Artículo 26.

Artículo 26 del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la red nacional de vigilancia epidemiológica. · BOE-A-1996-1502

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-01.

Texto consolidado

La información será remitida por las Comunidades Autónomas al Ministerio de Sanidad y Consumo, siendo la unidad básica temporal la semana epidemiológica que finaliza a las veinticuatro horas del sábado. El plazo de remisión de la información desde su generación hasta su llegada al destino final no excederá de tres semanas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-07-01.

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