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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 26. Sanciones por infracciones leves.

Artículo 26 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva. · BOE-A-1993-4678

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

Por la comisión de las infracciones leves tipificadas en el artículo 19 de este Real Decreto o de las que lo sean en virtud de lo dispuesto en el artículo 20, podrá acordarse la imposición de las siguientes sanciones:

a) Apercibimiento.

b) Multa de hasta 601,01 euros.

c) Inhabilitación para ocupar cargos o suspensión de hasta un mes, o de uno a tres encuentros o pruebas.

Se convierten a euros las cuantías contempladas por el anexo de la Resolución de 19 de noviembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-23465

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-23465.

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